Información General
Contrato de Evaluación Técnica TEA

Aplica para áreas libres y áreas especiales, en algunos casos, cuando así se disponga en los Términos de Referencia, para procesos competitivos o contratación directa.

Su objetivo principal es evaluar el potencial hidrocarburífero de un área e identificar prospectos para celebrar un eventual contrato de E&P sobre una porción ó la totalidad del área contratada.

El evaluador puede hacer actividades de exploración superficial de geología, pozos estratigráficos, aerofísica, etc., entre otras, con una duración máxima de 36 meses en áreas continentales y de 36 meses en áreas costa afuera, según el programa de trabajo.

El evaluador debe desarrollar el programa con autonomía bajo su responsabilidad operacional exclusiva, con un derecho de prelación para suscribir un Contrato de E&P.

La ANH por su parte verifica el avance de las actividades, administra la información obtenida en desarrollo del Contrato y recauda el derecho económico.

OBJETIVO

Evaluar y mejorar el conocimiento del potencial hidrocarburífero de un área e identificar zonas de interés prospectivo.

PROGRAMA DE EVALUACIÓN

Consiste en actividades de exploración superficial de geología, geofísica, geoquímica, cartografía, fotogeología y perforación de pozos estratigráficos, entre otros.

DURACIÓN

Podrá tener un máximo de 18 meses en áreas continentales y un máximo de 24 meses en áreas costa afuera.

TÉRMINOS

Un TEA o una porción del mismo podrá convertirse en contrato de E&P cuando su titular presenta programas exploratorios que sean aceptados por la ANH conforme a su reglamentación vigente.

Sobre el área de un TEA es factible que un tercero presente oferta para celebrar contrato E&P siempre y cuando haya realizado la conversión de Contrato TEA a E&P o haya finalizado la fase. En este caso, el titular del TEA tiene la opción de igualar o superar la propuesta del tercero y así ser el adjudicatario del contrato de E&P.

GARANTÍA

Se establecerá una garantía sobre un porcentaje (%) del valor del programa de trabajo. Si se trata de contratos de evaluación técnica que se suscribirían como resultado de un proceso competitivo, la cuantía de esta garantía se determinará en los Términos de Referencia.

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